Ciudadanos de fuera de la UE

Los ciudadanos no pertenecientes a la UE que deseen trabajar en Italia deben solicitar un visado de entrada. La solicitud de visado puede presentarse ante las autoridades diplomáticas y consulares italianas del país de residencia. Dependiendo de los motivos y la duración de la estancia, se exigirán documentos específicos, como la disponibilidad de medios económicos y los preparativos de viaje y alojamiento.
Además, por lo que respecta al seguro médico, es necesario comprobar antes de partir si existen acuerdos específicos entre el propio país e Italia y qué hacer para acceder al Servicio Nacional de Salud italiano. Si existe un acuerdo entre su país e Italia, deberá dirigirse, una vez llegado a su destino, a uno de los centros del servicio sanitario regional con la documentación. Si no hay convenio entre tu país e Italia, deberás contratar un seguro médico privado.

Visado de trabajo (permanente, de duración determinada, de temporada)

Se obtiene sólo después del 'nulla osta al lavoro' de la Ventanilla única para la inmigración  (SUI). Para poder establecer una actividad laboral por cuenta ajena con un ciudadano no comunitario residente en el extranjero el empleador -italiano o extranjero con residencia legal en Italia- debe presentar una solicitud nominativa de «nulla osta al lavoro» al SUI de la provincia en la que se vaya a desarrollar la actividad laboral.

Visado por motivos de trabajo por cuenta propia

Puede solicitarse para ejercer actividades por cuenta propia de carácter industrial, profesional, artesanal o comercial en Italia; para crear una empresa o una sociedad y para ocupar cargos sociales. Para obtenerla, es necesario cumplir los requisitos profesionales y morales exigidos por la legislación estatal a los ciudadanos italianos para ejercer el mismo tipo de actividad. 

Ciudadanos de la UE

Los ciudadanos de la UE que permanezcan en Italia más de 3 meses de forma no temporal deberán inscribirse en el Registro Civil de la ciudad en la que vayan a residir a su llegada.

Antes de salir de su país de origen, diríjase a su Servicio Nacional de Salud para asegurarse de que su país ha expedido la Tarjeta Sanitaria Europea (o el documento equivalente para los Estados europeos en los que aún no se ha introducido, aunque sea temporalmente, es decir, el E-109). Con la Tarjeta Sanitaria Europea o el documento que la sustituya, es posible acceder directamente a los centros sanitarios del servicio nacional de salud italiano. Los trabajadores de la UE que no dispongan de cobertura sanitaria en su país de residencia deberán suscribir una póliza de seguro específica que les dará derecho a acceder a los servicios sanitarios. Sin una póliza de seguro médico, el estudiante será responsable de cubrir todos los gastos médicos.
 
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